Los senderos homologados deben de tener unas características específicas, independientemente de que deben fomentar la actividad senderista de una zona, de utilizar y recuperar caminos antiguos y de estar creados por intereses paisajísticos, etnográficos o históricos.
– Deben ser aptos para la gran mayoría de las personas. No es necesario tener una elevada condición física y no importa la edad. En Andalucía existen diferentes senderos homologados para personas con discapacidades físicas.
– Deben poder ser transitados en todas las épocas del año, y no deben atravesar zonas con tráfico rodado o zonas que puedan presentar algún riesgo.
– Salvo los circulares que empiezan y terminan en el mismo lugar, se podrán realizar en un sentido o en otro y pueden tener pequeñas desviaciones para acceder a lugares de interés.
Además, a lo largo de nuestros itinerarios por la montaña, independientemente de los Senderos Homologados encontraremos diferentes senderos, creados en Espacios naturales protegidos y otros que recorren diferentes Comarcas a través de antiguas Cañadas Reales y Vías Pecuarias, que vienen indicados con otros tipos de señales.
La señalización la podremos encontrar pintada en piedras, en árboles, en estacas de maderas, en póster indicadores y en los inicios podremos encontrar diferentes carteles con indicación del itinerario que vamos a realizar.
Existen tres tipos de senderos señalizados y para su puesta en funcionamiento deben de estar homologados y deben de reunir unas características similares:
GRANDES RECORRIDOS -GR-
Deben de tener una longitud mínima de 50 kilómetros, y, para realizarlos a pie, se debe de emplear más de una jornada.
Pueden presentar variantes y derivaciones (manteniendo las mismas características de los Grandes Recorridos).
Se identifican con colores blancos y rojos y deben de llevar acompañando las siglas GR y el número correspondiente del sendero en cuestión.
PEQUEÑOS RECORRIDOS -PR-
Deben de tener una longitud máxima de 50 kilómetros, y se pueden realizar en una sola jornada.
Se identifican con colores blancos y amarillos y deben de llevar acompañando las siglas PR, un guión y el código territorial (provincial) y el número correspondiente del sendero en cuestión.
SENDEROS LOCALES -SL-
Deben de tener una longitud máxima de 10 kilómetros.
Se identifican con colores blancos y verdes y deben de llevar acompañando las siglas SL, un guión y el código territorial (provincial) y el número correspondiente del sendero en cuestión.